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TRABAJADORAS DEBEN DISFRUTAR DE SU LICENCIA DE MATERNIDAD SIN RENUNCIAR2 min read

De acuerdo con la Ley No. 1822 de 2017, el beneficio social de maternidad es un derecho de toda trabajadora que se encuentra embarazada, el cual incluye 18 semanas de descanso remunerado, y el beneficio se liquida con el salario devengado por la trabajadora cuando ingresa al disfrute.

En este sentido, el Ministerio de Administración de la Función Pública recordó que se trata de una ley laboral sustantiva, que tiene efectos económicos y temporales en la relación laboral de la que se originó. Los anteriores derechos que benefician a los trabajadores del sector público y privado son responsables del sistema de pago al que están afiliados o del empleador (si no lo están), independientemente de que estén amparados por la Ley N ° 100 del Sistema Integral de Seguridad Social en Salud. de 1993. Asimismo, conviene recordar que la licencia retribuida tiene como finalidad el descanso y recuperación de la madre y el cuidado del recién nacido, a fin de asegurar el cuidado y amor de la madre.

Sin embargo, la autorización constitucional, la ley laboral considerará los principios de igualdad de oportunidades para los trabajadores, bienestar mínimo inalienable, protección especial para mujeres y madres, y otros derechos de garantías inalienables.

Por tanto, la unidad establece claramente que la baja por maternidad es un derecho inalienable de las trabajadoras, y no es apropiado que ella renuncie a su disfrute, porque es el mínimo de bienestar laboral y no se puede renunciar, y este tipo de baja no es solo para el beneficio de los trabajadores. Pero también para proteger al recién nacido.

Departamento Administrativo de la Función Pública, Concepto, 165151, 11/05/2021.

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