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Si no se determina la capacidad financiera del alimentante, se supone que devenga el salario mínimo2 min read

Si no se determina la capacidad financiera del alimentante, se supone que devenga el salario mínimo

Los menores tienen el derecho básico a la alimentación, y este derecho se extiende a las cuotas alimentarias que se consideran imprescindibles para asegurar su desarrollo pleno e integral.

Dichos derechos están protegidos por procedimientos especiales, como el establecimiento de cuotas alimentarias y procedimientos de aplicación y revisión.

Entre otros factores, la evaluación de los alimentos toma en cuenta la capacidad financiera del deudor y las necesidades alimentarias, por lo que si no se puede determinar la capacidad financiera del deudor, se debe asumir que ha ganado al menos el salario mínimo legal.

Por otro lado, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar señaló que el Estado debe asegurar que ambos padres tengan obligaciones comunes y equilibradas en la crianza y desarrollo de sus hijos.

La autoridad de la autoridad administrativa o judicial es determinar la parte de la cuota alimentaria que beneficia a los menores de acuerdo con la capacidad económica de cada responsable.

La agencia también podrá evaluar cómo afecta el cuidado de uno de los padres a las cuotas alimentarias en cada caso.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Concepto 27, Oct. 15/20.

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