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Incrementos al subsidio para exmadres comunitarias y sustitutas e inscripción para nuevos cupos serán regulados2 min read

El Ministerio de Trabajo revisó el Artículo 2.2.14.3.5 y el Artículo 2.2.14.6.5 del Decreto No. 1833 de 2016, que es el “Reglamento General del Sistema de Pensiones”, que involucra el monto de los subsidios a cargo del mantenimiento de las subcuentas de medios de vida.

Un fondo de pensiones solidario para personas que ya no son madres comunitarias y madres subrogadas. Para asegurar los recursos, el Ministerio invertirá más de US $ 8.073 millones a través del Fondo Solidario de Pensiones para apoyar a quienes ya no sustituyen a las madres comunitarias y al ICBF y no pueden recibir pensiones.

Los beneficios descritos son para aquellos que han brindado servicios durante más de 10 años pero que hoy no pueden recibir los beneficios o el plan de beneficios económicos regulares (BEPS) a pesar de haber alcanzado la edad de jubilación.

La destinación de los recursos cubrirá el costo de los 2.000 mil nuevos cupos y lo correspondiente al incremento del valor de los subsidios en el 2021 para 4.859 beneficiarios.

La entrega de subsidios que se hace en forma directa a personas adultas mayores que fueron madres comunitarias o sustitutas del ICBF se realiza dentro del marco de las leyes 797 del 2003, 1450 del 2011 y 1955 del 2019.

Mintrabajo, Decreto, 783, 19/07/2021.

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